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Del correccionalismo al sistema de individualización científica. ¿Supone la PPR una reedición de las sentencias indeterminadas?

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La realidad es siempre más compleja que las explicaciones que tratan de contarla. En este contexto, simplificando la realidad normativa penitenciaria, partimos de la idea de que los principios básicos sobre los que pivota nuestro sistema de ejecución son tres. El primero –el principio de constitucionalización limitada de la prevención especial como finalidad penitenciaria–, externo al propio sistema y la regulación penitenciaria, pero que determina de modo fundamental su finalidad y su estructura. El segundo y el tercero –el principio de subordinación del régimen al tratamiento y el principio de flexibilidad–, internos al propio sistema y derivados del mismo, que se dirigen a superar los sistemas penitenciarios que lo han precedido. Por un lado, porque implican una creencia firme en que la aplicación del tratamiento adecuado puede provocar un cambio de conducta en el condenado. Y, por otro, porque sobre esa creencia, suponen una apuesta sistemática que escoge el tratamiento del interno como eje cen tral sobre el que articular toda la labor penitenciaria. Veamos de modo más concreto en qué se manifiestan estos principios.​

Enlace: https://www.interior.gob.es/opencms...-revistas/revista-de-estudios-penitenciarios/

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