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Tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, las Comunidades Autónomas que habían asumido competencias en materia de coordinación policial comenzaron a elaborar sus leyes al respecto. La Comunidades Autónomas, plenamente conscientes de la distribución territorial y de las necesidades de sus áreas rurales, desarrollaron los mecanismos de colaboración y asociación policial, enfocándose principalmente en la mancomunación del servicio de policía local, mecanismo que fue declarado inconstitucional. Posteriormente el legislador estatal reguló otro modelo asociativo, vigente aún a día de hoy. En las siguientes páginas se analizarán los problemas derivados del inframunicipalismo que padecen las administraciones públicas rurales; la situación de la seguridad, y la importancia de la misma en zonas rurales; la evolución, los beneficios y déficits de los distintos modelos de asociación y colaboración policial. Todo ello con la finalidad de elaborar una propuesta de lege ferenda con el objetivo de dar una respuesta a necesidades relacionadas con la seguridad pública en el medio rural.
Autoría: Miguel Ángel Rufo Rey - Universidad de Extremadura
Publicado en la Revista de Derecho Penal y Criminología de la UNED
Enlace: EL MODELO DE COLABORACIÓN Y ASOCIACIÓN POLICIAL EN EL MEDIO RURAL: UNA PROPUESTA PARA MEJORAR LA SEGURIDAD DE NUESTROS PUEBLOS | Revista de Derecho Penal y Criminología
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Autoría: Miguel Ángel Rufo Rey - Universidad de Extremadura
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